Himno Nacional: regulación y orígenes.

Disquisiciones y debates sobre diversos aspectos de temática musical.

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MusicoCofrade3
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Himno Nacional: regulación y orígenes.

Mensajepor MusicoCofrade3 » 28 Mar 2011, 23:57

Alguien sabe algo sobre este tema. He escuchado ya varias veces que segun una ley de Laicismo impuesta por el gobierno se prohibe la interpretacion del Himno Nacional de España en los actos religiosos asi como prohibe la participacion de militares en los desfiles procesionales.

A ver si alguien de este foro puede arrojar un poco de luz sobre este tema.

Un saludo.

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cofrade1987
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Mensajepor cofrade1987 » 29 Mar 2011, 00:07

Yo pienso que si se le puede tocar el Himno, pero la versión corta, ya que la larga es para actos oficiales. Pienso que es así, pero no estoy totalmente seguro.
A la hora de hacer los repertorios para una Estación de Penitencia hay que escuchar la opinión de los directores de bandas y no dejar esa responsabilidad a los sabiondos de pacotilla de las Hermandades.

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palio_
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Mensajepor palio_ » 29 Mar 2011, 00:56

Lo que ha pasado es que el Gobierno ha derogado el Real Decreto 834/1984, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares.

En ese reglamento, que estuvo vigente hasta el pasado 23 de Mayo de 2010, se contemplaba en sus artículos 58, 59 y 60 que se le debía tributar Honores al Santísimo Sacramento presentando el arma y con la interpretación del Himno Nacional.

En el nuevo reglamento, aprobado en el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares, se ha eliminado los honores al Santísimo. Y lo único que se especifica es en la disposición adicional cuarta, donde se declara la voluntariedad de la asistencia a dicho acto:
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Participación en actos religiosos.

2. Cuando se autoricen comisiones, escoltas o piquetes para asistir a celebraciones de carácter religioso con tradicional participación castrense, se respetará el ejercicio del derecho a la libertad religiosa y, en consecuencia, la asistencia y participación en los actos tendrá carácter voluntario.

Por tanto, el problema es con las bandas militares, que no tienen permiso para interpretar el Himno. Es lo que pasó por ejemplo en la procesión del Corpus de Toledo del año pasado, que tuvo que ser la Banda Municipal de Toledo la que interpretase el Himno en vez de la Banda de la Academía de Infantería, como venía siendo tradicional hasta el momento.

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Mensajepor El Varal de los Dolores » 29 Mar 2011, 08:12

Si el gobierno emplease la mitad de su empeño anticlerical en solucionar los problemas de los españoles...
"...y la más sublime Estrella, iluminaste los montes, que ocultaban en Iniestas."

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FMO
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Mensajepor FMO » 29 Mar 2011, 09:38

La interpretación del Himno Nacional no creo que tenga problemas, desde el momento en que son escasísimas las bandas militares en la Semana Santa.
Además ya algunas cofradías han prescindido de este honor, caso de la del Cerro del Águila en Sevilla.

A cofradías como esta que nombro habría que recordarles que la interpretación del Himno Nacional no significa otra cosa que darle honores máximos, como a un jefe de estado, al Santísimo, a Cristo o a la Virgen. El sustituirlo por el Himno de Andalucía, por muy bonito que sea, significa que se le están reduciendo honores. Vamos, que para esta cofradía son más importantes los jugadores de la selección española de futbol que sus titulares... En fin... estas cosas pasan por mezclar política y religión sin tener ni idea del tema...

M_J_F
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Mensajepor M_J_F » 29 Mar 2011, 12:56

En relación con todo esto.

Llevo tiempo buscando información de por qué empezó a tocarse el Himno en nuestras procesiones.

No he encontrado nada, y las explicaciones que algunos me han dado me parecen huecas y sin sentido.

A ver si alguno de vosotros puede decirme algo.

Un saludo.

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palio_
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Mensajepor palio_ » 29 Mar 2011, 13:46

M_J_F, seguramente los tiros vayan porque antiguamente, debió existir un reglamento de Honores Militares donde se indicase que se debía interpretar el Himno Nacional ante el paso de Imágenes Sagradas. Y de ahí, ya quedó como tradición (ten en cuenta, que antiguamente las bandas que acompañaban a las procesiones, en su mayoría eran bandas militares).

Antes del Reglamento de 1984 que expuse en un mensaje anterior, hubo otro anterior de la época de Franco, de 1963. Concretamente era el Decreto 895/1963, de 25 de abril, por el que se aprueba la nueva redacción del Reglamento de Actos y Honores Militares.

Como se podrá leer en el preámbulo del mismo, se menciona que se modifican honores relacionados con el Santísimo Sacramento y las Imágenes Sagradas en las procesiones de Semana Santa. En el artículo 12.g.2) se indica que ante Imágenes Sagradas, se rendirán honores mediante la presentación del arma descansada (por lo que tampoco dice nada del Himno).

El anterior decreto, el Decreto de 24 de julio de 1943, no he podido tener ya acceso, por lo que ignoro lo que se decía exactamente. De todas formas, seguro que también habrán existido anteriores reglamentos al del año 43, pero ya ahí se me escapa.

Por tanto, el origen puede remontarse a mitad del siglo XIX (o incluso antes), cuando las primeras bandas militares empezaron a acompañar a las procesiones.

Saludos

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Mensajepor M_J_F » 29 Mar 2011, 14:12

Muchas gracias palio_ por tu información.

Voy a intentar dar con la norma de 1943, que por mis ocupaciones creo que puedo encontrarla.

Gracias y un saludo.

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palio_
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Mensajepor palio_ » 29 Mar 2011, 14:27

Por cierto, como curiosidad, indicar que en la II República, entre 1934 y 1936, como el Himno Nacional estaba prohibido y el oficial era el Himno de Riego, algunas cofradías salieron a los sones del pasodoble "La Giralda" de Juarranz.

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DoloresdeMolviedro
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Mensajepor DoloresdeMolviedro » 29 Mar 2011, 15:21

FMO escribió:La interpretación del Himno Nacional no creo que tenga problemas, desde el momento en que son escasísimas las bandas militares en la Semana Santa.
Además ya algunas cofradías han prescindido de este honor, caso de la del Cerro del Águila en Sevilla.

A cofradías como esta que nombro habría que recordarles que la interpretación del Himno Nacional no significa otra cosa que darle honores máximos, como a un jefe de estado, al Santísimo, a Cristo o a la Virgen. El sustituirlo por el Himno de Andalucía, por muy bonito que sea, significa que se le están reduciendo honores. Vamos, que para esta cofradía son más importantes los jugadores de la selección española de futbol que sus titulares... En fin... estas cosas pasan por mezclar política y religión sin tener ni idea del tema...


Nunca estoy en la salida de esta cofradía, pero tenía entendido que tras el Himno de Andalucía, se le interpretaba el Himno Nacional. Hay vídeos que lo demuestran y hace muchos años yo mismo lo presencié, a no ser que en pocos años esto haya cambiado y se haya eliminado la interpretación del segundo.
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Mensajepor Javiso » 29 Mar 2011, 15:25

FMO escribió:La interpretación del Himno Nacional no creo que tenga problemas, desde el momento en que son escasísimas las bandas militares en la Semana Santa.
Además ya algunas cofradías han prescindido de este honor, caso de la del Cerro del Águila en Sevilla.



El Himno Nacional se toca tras el de Andalucía. En mi opinión, yo saldría con una marcha propia, como hace en sus dos pasos la Hermandad de la Amargura. Estéticamente, en hermandades de negro no lo veo adecuado.
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Mensajepor Javiso » 29 Mar 2011, 15:27

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Mensajepor M_J_F » 29 Mar 2011, 15:28

En el Santo Entierro de Dos Hermanas el himno no se toca a la salida de los dos pasos. Es de negro y no se ve adecuado.

Con el palio se sale con Virgen del Valle (no tenemos marcha propia adecuada al estilo de la Cofradía).

Durante los años 2003 y 2004 se eliminó también a la entrada, tocándose sólo Soleá dame la mano.

A la gente no le gustó su eliminación a la entrada y se restituyó.

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Mensajepor Javiso » 29 Mar 2011, 15:28

Jejeje, hemos estado atentos. :lol: :lol:
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Mensajepor Javiso » 29 Mar 2011, 15:31

Especialmente llamativo me parece el caso del Museo. Al Cristo de la Expiración, que va en silencio, se le interpreta a la salida el Himno Nacional.
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Mensajepor PatrimonioMusical » 29 Mar 2011, 15:40

Antes de que se desvirtue el post, queremos recordar que para hablar sobre la conveniencia o no de tocar el Himno, existe un tema dedicado especialmente a ello:
¿Himno sí o himno no?

Este tema lo dejamos para tratar la regulación que existe del mismo y el origen de su interpretación en la Semana Santa.

Saludos
Última edición por PatrimonioMusical el 29 Mar 2011, 17:04, editado 1 vez en total.

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Mensajepor Javiso » 29 Mar 2011, 15:49

Sólo por aclarar ya del todo el tema, el Himno Nacional en el Cerro también se interpreta a la entrada, no ocurriendo lo mismo con el de Andalucía. :wink:
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Mensajepor M_J_F » 29 Mar 2011, 16:27

El próximo jueves, estoy a la espera de unos datos y de consultar la legislación al respecto, os escribiré alguna cosilla sobre la regulación actual del himno.

Un saludo.

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Mensajepor palio_ » 26 Jun 2011, 16:50

Por cierto, respecto a la polémica surgida en este asunto, comentar que finalmente este año, en la pasada procesión del Corpus de Toledo la Unidad de Música de la Academia de Infantería de Toledo interpretó el Himno Nacional.

¿El motivo?. Como ya expuse, en el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares se ha eliminado la mención que existía con anterioridad sobre la obligación de tributar Honores al Santísimo Sacramento, pero no se ha indicado por ninguna parte nada relativo a la prohibición de tocarlo en determinadas circunstancias.
Solución: la Unidad de Música de la Academia de Infantería de Toledo interpretó el Himno voluntariamente, ya que como he dicho, no se especifica tal prohibición en el mencionado Real Decreto (ya se sabe que quien hace la ley, hace la trampa).

Por cierto, respecto al debate sobre el origen de la interpretación a la salida de las imágenes, sería bueno tener acceso al texto completo tanto del Decreto de 24 de julio de 1943, sobre el himno nacional que ya mencionamos con anterioridad y a la Real Orden circular de 27 de agosto de 1908, en lo que se refiere a la ejecución de la Marcha Real; derogadas ambas por el Real Decreto de 2010.

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Mensajepor EspejoCofrade » 30 Jun 2011, 14:24

Según parece, las bandas del ejército tanto en Sevilla como en Córdoba también lo tocaron.

Saludos!
Salve Mar de Penas / Salve Triste Madre / Salve Reina hermosa / llena de Piedades
Ruega por nosotros / Afligida Madre / para que Tu Hijo / no nos desampare

Vea: http://www.espejocofrade.tk
o
http://es.geocities.com/espejocofrade

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Mensajepor Cronista » 12 Oct 2012, 19:43

Hoy es el día de la Hispanidad. Felicidades a todos!

Buscando información sobre el himno nacional, he encontrado esta respuesta en otro foro, y me ha parecido muy esclarecedora y muy interesante. Por cierto, hace mención a esta web.

Os pongo sobre aviso. Aclara por puntos cuando comenzó a usarse el Himno Nacional y por qué, la normativa actual, la convenencia de cambiarlo por otro himno (Himno Pontificio) o marcha, la opinión de Abel Moreno al respecto (según parece, opina que no se debe interpretar...), etc.

1. En 1984 el Ministerio de Defensa prohíbe la participación obligatoria de los miembros del Ejército en actos religiosos. Y por lo tanto, desde entonces, sólo acuden a ellos los voluntarios.

2. En 2010 el Ministerio de Defensa prohíbe la rendición de honores militares a las imágenes religiosas, e incluso, a la Sagrada Eucaristía. No obstante, las bandas militares pueden interpretar el Himno Nacional, pues esto no es en sí mismo un honor militar.

3. Ningún ministro de defensa puede variar el protocolo de un acto que excede sus competencias, como podría ser una procesión religiosa. Lo único que puede evitar es lo que ha hecho ya, que se realicen honores militares, pero no honores de estado, que es algo distinto, como se sabe.

4. Nadie, bajo ningún concepto, sea ministro de defensa o de agricultura y pesca, puede prohibir que se interprete el Himno Nacional, salvo que se haga de manera ominosa con claro empeño en ofender a la Nación (Y a veces, ni aun así, recordemos la Copa del Rey…). A lo más que un ministro puede llegar a hacer es prohibir que sus funcionarios (una banda militar, por caso) lo interpreten, cosa que, en sentido estricto, aún no ha sucedido.

5. El protocolo en las procesiones religiosas, ya sean de imágenes, votivas, de reliquias o eucarísticas; es el resultado de una amalgama de protocolo militar, eclesiástico y civil, producida tras siglos de intercambios entre estas ramas, que dan por resultado una propia, que en algunos casos se ha dado a llamar “protocolo cofrade” (sobretodo en el sur), y que coincide y reniega tanto de las 3 ramas de las que emana, que no lo podemos catalogar estrictamente dentro de ninguna de ellas.

6. Hay numerosos ensayos y documentos que definen esta particularidad española dentro de las reglas generales de protocolo y ceremonial. Te recomiendo la lectura de Ramón de la Campa, un erudito en estos términos. Si quieres, por privado te puedo mandar algún documento, alguna dirección web, algún foro que trata estos temas con seriedad, y en el que participan y aportan información tanto militares, eclesiásticos, musicólogos, etc.

7. Con respecto a D. Abel Moreno, he de decir que tengo el placer de conocerlo. Sin duda es un buen hombre. Es el autor que más composiciones de marchas procesionales ha realizado en la historia. También he de decir, que como a casi todo el mundo, me emociona escuchar “La Madrugá” o “Soledad Franciscana” o “Macarena”. Aquí, en el Levante, nos maravillamos con su figura y lo tenemos como al gran maestro de la marcha procesional, pero tristemente, esto es por falta de cultura musical, al menos en este ámbito. No sabemos nada de los Font, Beigbeder, Laserna, Farfán… En cualquier caso, si quieres informarte de Moreno como músico militar te dejo este enlace:

http://www.patrimoniomusical.com/foro/v ... php?t=1011

8. Las imágenes religiosas nunca han ostentado rango militar. Las advocaciones sí. Son innumerables las imágenes marianas que portan fajín militar, regalado por algún oficial del ejército. Dos ejemplos: la Esperanza Macarena de Sevilla porta el fajín de general de Queipo de Llano; la Esperanza Macarena de Callosa porta el fajín de coronel de Espadas Guirao. Pero no por ello ostentan esos títulos, aunque algunas, por otros motivos, sí pueden hacerlo. Hay advocaciones que son conocidas por títulos militares, como la Esperanza de Triana, a la que popularmente se le llama capitana. Y hay advocaciones que ya sea por decreto real o por decisión propia de algún cuerpo del ejército, ejercen el patronazgo sobre ese cuerpo, y además, el mismo las instituyen con el rango militar más alto que poseen. Pongamos por caso a Ntra. Sra. del Pilar, que es patrona de la Corona de Aragón, y sus Ejércitos, y además, Capitana General de los mismos. Son, una vez más, honores simbólicos.

9. En cualquier caso, en España, los oficiales generales tienen su propio himno (Himno de Generales, de José Power, 1914), pero no se tiene constancia ni que a las imágenes sagradas se les rindiera honores de tal rango, ni que jamás se le haya interpretado este himno a ninguna imagen. En cualquier caso, en la actualidad, para los generales se interpreta la Marcha de Infantes, derivada de la Llamada de Infantes (RR. OO. De Carlos III, 1769), aunque hasta principios del s.XX, era utilizada para rendir honor a los infantes de la corona española. Para los curiosos, aquí está la Marcha de Generales.

http://www.youtube.com/watch?v=lP3qz2Fv ... ure=fvwrel

Y la Marcha de Infantes

http://www.youtube.com/watch?v=r-DWHoNM3LU


10. Es Carlos III, en sus reales ordenanzas, el que engrandece la festividad del Corpus Christi ordenando que se le den los mayores honores tanto civiles como militares, que se interpreten sus Marchas de Honor (una de ellas derivaría en nuestro Himno Nacional) y que sea custodiado por el Ejército. Estas Marchas de Honor, que sólo debían interpretarse en presencia del Rey, son la Marcha Real Fusilera (para el interior de los Reales Sitios), y la Marcha Real Granadera (para el exterior de los palacios, de la que procede el Himno Nacional).

Marcha Fusilera
http://www.youtube.com/watch?v=uTxA4G8Bxe4

Marcha Granadera
http://www.youtube.com/watch?v=ITwuz9RFhV0

11. Que el Himno Pontificio sea interpretado en la Procesión de la Inmaculada Concepción, con letra propia (“Somos, oh, María…”), no es más que otra anomalía surgida dentro del ambiente del nacionalcatolicismo en nuestra querida Callosa. Siendo, como es, Alcaldesa Honoraria de la Ciudad (Además de Patrona de España, también por Carlos III), debería tener marcha propia, y que además de interpretársele el Himno Nacional, y el Himno Pontificio (está ya tan arraigado que ahora sería absurdo quitarlo, tanto como fue ponerlo…), debería sonar el Himno de Callosa.

12. Por último, interpretar un himno nacional de un país determinado (ya sea este Católico o Sintoísta) en las celebraciones religiosas de otro, es una abominación. Y aún más en nuestro caso. Podemos decir que España posee el himno nacional más antiguo de Europa, datado ya en el s.XVIII, y que desde entonces se le lleva interpretando a la Sagrada Eucaristía, cambiarlo ahora por el Himno Pontificio (que no es más que el himno nacional del Estado de la Ciudad del Vaticano, por lo que no tiene como tal ninguna connotación religiosa explícita) sería un absurdo. Debemos preservar nuestra propia cultura, que es muy rica. En cualquier caso, la liturgia y las rúbricas eclesiásticas aconsejan que durante las procesiones eucarísticas no se interprete sólo música instrumental, si no de acompañamiento, para que los presentes realicen cantos e himnos eucarísticos: “Tantum ergo”, “Pange lingua”, “Cantemos al Amor de los Amores”, etc.

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Mensajepor palio_ » 02 Abr 2013, 20:43

Por cierto, he encontrado un interesante estudio antropológico sobre el ejército y los rituales religiosos, elaborado por un catedrático de la Universidad de Málaga en 2011. Os dejo un enlace donde se puede descargar:

Ejército y rituales religiosos. Dos estudios de antropología política en la España actual. Demetrio Enrique Brisset Martín

En el mismo hay un apartado donde se repasa la regulación de los honores militares, desde las primeras Ordenanzas de Carlos III de 1768 hasta la regulación actual, pasando por las modificaciones realizadas en 1901, 1943, 1963 y 1984.

Destaco:

En las Ordenanzas de Carlos III de 1768, se estipula que el tambor debe de tocar marcha al Santísimo Sacramento cuando lo lleven por la calle.

Respecto a las procesiones, en el artículo 6 se indica que:
“toda procesión de imagen de Santísimo Cristo, la Virgen u otro Santo, las Tropas por donde pasare descansarán sobre las armas desde su principio hasta el fin; el Tambor tendrá la caja al hombro, y su fusil terciado el Oficial, haciendo cortesía cuando pase la imagen”.

No dice nada del himno, pero claro, en esta época aún no había bandas tal y como hoy las conocemos en los desfiles procesionales. De hecho, no existía el Himno Nacional, sino la Marcha de Granaderos, que se interpretaba con tambores y pífanos.

En el Reglamento de actos y honores militares, firmado por Franco en el Decreto de 24 de Julio de 1943, se indica la obligación de interpretar el Himno al Santísimo Sacramento mientras que en el artículo 42 se indica que “se rendirán los honores específicos que les fueran concedido" a las imágenes sagradas.

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Mensajepor dersoberano » 02 Abr 2013, 21:53

A ver, ¿pero se obliga a tocar la marcha aún no siendo una banda militar? Me refiero ahora en la actualidad, claro está.

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Mensajepor palio_ » 02 Abr 2013, 22:56

No, a ver. El himno nunca ha sido obligatorio interpretarlo por ninguna banda civil.

La obligatoriedad de interpretar el Himno Nacional viene regulada en los Reglamentos de Honores militares, por lo que sólo afecta únicamente a las bandas militares.

Por otro lado, a día de hoy, según el último reglamento de honores, que data de 2010 (lo sacó el gobierno de Zapatero), no es obligatorio interpretarlo ni ante el Santísimo Sacramento ni ante Sagradas imágenes. Esta "no obligatoriedad" supuso que en el Corpus de Toledo de 2011 la Banda de la Academía de Infantería (banda militar) no pudiera interpretar el himno como venía haciéndolo hasta ese momento, siendo entonces interpretada en aquella ocasión por la Banda Municipal de Toledo (banda civil). Al año siguiente, 2012, desafiando lo indicado en el reglamento, la Banda de la Academía de Infantería interpretó el himno "voluntariamente".

En cualquier caso, el motivo de este tema es intentar descubrir desde cuándo y por qué motivo se interpreta el himno ante la salidad/entrada de las procesiones.

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Mensajepor dersoberano » 02 Abr 2013, 23:39

Gracias palio_ y perdona por si me he salido del tema :oops:

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Mensajepor palio_ » 02 Abr 2013, 23:58

No te preocupes, para estas cosas es por lo que se ha abierto este post :wink:

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Mensajepor M_J_F » 03 Abr 2013, 01:43

palio_ escribió:En cualquier caso, el motivo de este tema es intentar descubrir desde cuándo y por qué motivo se interpreta el himno ante la salidad/entrada de las procesiones.


Exacto. Esa es la duda que, al menos, yo tengo.

Respecto a cuándo debe interpretarse el Himno y qué versión debe ser... creo que ya está todo aclarado arriba.

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palio_
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Mensajepor palio_ » 03 Abr 2013, 14:39

Resumo a continuación un histórico de la normativa más relevante que se ha ido aplicando a lo largo de los años en todo lo referente al Himno Nacional. Igualmente podéis pinchar en los enlaces para leer el texto al completo de la normativa en cuestión (no toda está disponible a día de hoy en internet).

1761: Libro de Ordenanza de los toques de pífanos y tambores que se tocan nuevamente en la Infantería Española compuestos por D. Manuel de Espinosa de los Monteros.
Libro donde se recoge oficialmente las partituras de la "Marcha Granadera", el origen de nuestro Himno Nacional.


1768: Ordenanzas de Carlos III
El tambor debe de tocar marcha al Santísimo Sacramento cuando lo lleven por la calle.
Toda procesión de imagen de Santísimo Cristo, la Virgen u otro Santo, las Tropas por donde pasare descansarán sobre las armas desde su principio hasta el fin; el Tambor tendrá la caja al hombro, y su fusil terciado el Oficial, haciendo cortesía cuando pase la imagen.


1770: Decreto de 3 de Septiembre de 1770
Carlos III declaró la Marcha Granadera "marcha de honor española".


1853: Real Orden de 4 de Septiembre de 1853
Se establece que se interprete la marcha granadera por todos los Cuerpos del Ejército. Con anterioridad sólo se establecía la interpretación de la Marcha a cargo de los tambores.


1871: Real Orden de 8 de Enero de 1871
Se declara como "Marcha Nacional española" la Marcha Granadera, resolviendo que sea tocada por las músicas del Ejército en todos aquellos casos con arreglo a la Ordenanza. Sería interesante conocer en detalle estas ordenanzas, pero es muy muy complicado dar con ellas.


1908: Real Orden circular de 27 de Agosto de 1908 (Colección Legislativa del Ejército de 1908)
Se dispone que las bandas militares ejecuten la armonización de la marcha realizada por Bartolomé Pérez Casas.


1937: Decreto núm. 226, de 27 de Febrero de 1937 (BOE núm. 131, 28/02/1937)
Se restaura la oficialidad de la Marcha de Granaderos, declarando "Himno Nacional el que lo fue hasta el catorce de abril de 1931 conocido por Marcha Granadera, que se titulará Himno Nacional y será ejecutado en los actos oficiales.". Se refiere por tanto a la versión de Bartolomé Pérez Casas, declarada como versión oficial del Himno Nacional en 1908.


1942: Decreto de 17 de Julio de 1942 por el que se refunden las disposiciones vigentes en lo que respecta al Himno Nacional, Cantos Nacionales y Saludos. (BOE núm. 202, 21/07/1942)
Se refunden en un sólo Decreto el Himno Nacional (declarado en el Decreto de 1937 indicado con anterioridad) y los Cantos Nacionales y Saludos declarados en otros decretos y Ordenes.


1943: Decreto de 24 de Julio de 1943 por el que se aprueba el Reglamento de "Actos y Honores Militares", Libro I. (BOE núm. 210, 29/07/1943)
Al Santísimo Sacramento le serán tributados los honores militares de arma rendida e Himno Nacional.
Se tributará el arma descansada a imágenes sagradas, si por disposición expresa y oficial no tuvieran concedido otro mayor.


1963: Decreto 895/1963, de 25 de abril, por el que se aprueba la nueva redacción del Reglamento de Actos y Honores Militares. (BOE núm. 107, 04/05/1963)
Al Santísimo Sacramento le serán tributados los honores militares de arma rendida e Himno Nacional (completo).
Se tributará el arma descansada a imágenes sagradas, si por disposición expresa y oficial no tuvieran concedido otro mayor.


1984: Real Decreto 834/1984, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares. (BOE núm. 107, 4/05/1984)
Al Santísimo Sacramento le serán tributados los honores militares de arma presentada e Himno Nacional (primera parte completa). Ante la presencia de imágenes sagradas adoptará la posición de firmes.


Regulación vigente en la actualidad:

1997: Real Decreto 1560/1997, de 10 de octubre, por el que se regula el Himno Nacional. (BOE núm. 244, 11/10/1997)
Se menciona los actos protocolarios donde debe interpretarse el Himno, haciendo referencia a lo que se indique en el Reglamento de Honores Militares. En este Real Decreto se deroga la Real Orden circular de 1908 donde se hacía oficial la versión de Pérez Casas.


2010: Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares. (BOE núm. 125, 22/05/2010)
No se tributará ningún tipo de honor ni al Santísimo Sacramento ni a imágenes sagradas.

Saludos
Última edición por palio_ el 03 Abr 2013, 20:50, editado 1 vez en total.

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palio_
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Mensajepor palio_ » 03 Abr 2013, 20:40

Una vez expuesto toda la normativa, lo cierto es que no he podido encontrar ningún texto donde se obligue la interpretación del himno tras las Sagradas Imágenes. Por tanto, a la espera de encontrar alguna otra ordenanza que indique lo contrario, mi conclusión es la siguiente:

El Himno Nacional no ha sido regulado hasta la segunda mitad del siglo XIX, pero sin embargo el mismo ya era interpretado de manera no oficial en determinados actos públicos y solemnes (durante la celebración de misas por ejemplo). Entre estos actos, posiblemente ya se interpretase en nuestras procesiones.

Por tanto, seguramente la marcha se interprete a la salida/entrada de las imágenes procesionales por costumbre desde un primer momento, y nunca desde una imposición de orden militar. Hay que tener en cuenta que los Reglamentos de Honores Militares establecen la obligatoriedad de cuando interpretar el Himno Nacional, pero no indican la prohibición de interpretarlo en otros actos, que seguramente, como es el caso de las procesiones, ya se realizaba de manera tradicional desde un primer momento.

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Mensajepor M_J_F » 03 Abr 2013, 23:04

palio_ escribió:Una vez expuesto toda la normativa, lo cierto es que no he podido encontrar ningún texto donde se obligue la interpretación del himno tras las Sagradas Imágenes. Por tanto, a la espera de encontrar alguna otra ordenanza que indique lo contrario, mi conclusión es la siguiente:

El Himno Nacional no ha sido regulado hasta la segunda mitad del siglo XIX, pero sin embargo el mismo ya era interpretado de manera no oficial en determinados actos públicos y solemnes (durante la celebración de misas por ejemplo). Entre estos actos, posiblemente ya se interpretase en nuestras procesiones.

Por tanto, seguramente la marcha se interprete a la salida/entrada de las imágenes procesionales por costumbre desde un primer momento, y nunca desde una imposición de orden militar. Hay que tener en cuenta que los Reglamentos de Honores Militares establecen la obligatoriedad de cuando interpretar el Himno Nacional, pero no indican la prohibición de interpretarlo en otros actos, que seguramente, como es el caso de las procesiones, ya se realizaba de manera tradicional desde un primer momento.


La comparto plenamente.

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Mensajepor palio_ » 17 Dic 2013, 00:10

palio_ escribió:El Himno Nacional no ha sido regulado hasta la segunda mitad del siglo XIX, pero sin embargo el mismo ya era interpretado de manera no oficial en determinados actos públicos y solemnes (durante la celebración de misas por ejemplo).

A modo de curiosidad, expongo aqui la Real orden disponiendo que las músicas y bandas militares se limiten en los templos á tocar únicamente la Marcha Real á la elevación de la Hostia y el Cáliz:
Imagen
Gaceta de Madrid núm. 82, de 22/03/1880, página 750.

Se puede ver que en 1880 se vuelve a restablecer la Real Orden de 1859, donde se reflejaba la obligatoriedad de interpretar la Marcha Real en misas.

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Mensajepor palio_ » 17 Dic 2013, 00:34

Y siguiendo con lo anterior, una última muestra más:
Imagen
Gaceta de Madrid núm. 1435, de 08/12/1856, página 3.

Aqui se puede comprobar que en 1856 la interpretación de la Marcha Real en la misa era algo que se hacía por costumbre, aunque en este caso se hace referencia a que en esta ocasión la Marcha Real fue sustituída por una marcha religiosa de Carlos Llorens Robles (Valencia 1821 - Cartagena 1862).

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Re:

Mensajepor palio_ » 19 Jul 2018, 20:42

palio_ escribió:1908: Real Orden circular de 27 de Agosto de 1908 (Colección Legislativa del Ejército de 1908)
Se dispone que las bandas militares ejecuten la armonización de la marcha realizada por Bartolomé Pérez Casas.

He actualizado el mensaje que puse pues he encontrado por fin la Real Orden circular de 27 de Agosto de 1908 publicada en la Colección Legislativa del Ejército de 1908.


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