Buenas a todos.
Creo que no hay ningún tema que trate exactamente sobre lo que voy a mostrar, si no estoy en lo cierto, por favor me enlacen con el correspondiente tema y cierren éste.
Llevo bastante tiempo preguntándome acerca de los derechos de autor de las obras musicales. La verdad es que no entiendo mucho de éste tema, pero leyendo un poco por encima sobre los derechos de autor y la propiedad intelectual, ésta dice que los derechos los tiene el autor hasta setenta años después de la fecha de su defunción.
Es decir, estamos a 2011: 2011 - 70 = 1941. En teoría, ¿todo lo publicado antes de agosto de 1941 está fuera de los derechos del autor?
¿Eso significa que las partituras de dichas obras son de libre distribución? Me parece obvio que las adaptaciones de marchas por parte de otros autores aún en vida, o cuya fecha de defunción sea posterior a 1941, están aún protegidas por la propiedad intelectual de éstas, pero ¿y las partituras y particellas manuscritas, de puño y letra del autor? ¿Qué pasa con los archivos de bandas extintas (como puede ser la banda de la Esperanza de Triana de Sevilla, que bastantes partituras que se pueden encontrar con facilidad por internet llevan el sello de la banda? ¿Qué obras serían totalmente legal solicitar y/o facilitar por un medio como éste foro?
Quizás el tema se aleja un poco de la música procesional, pero siempre me parece interesante, ya que en este foro nos empeñamos por mantener los cauces legales, saber hasta dónde es posible intercambiar obras de forma totalmente lícita.
A ver si algún forero pudiera ilustrarnos mejor y más acertadamente sobre este tema. Un saludo.